✍️ Por Luis Gatti
El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia, que confirmó la condena contra Cristina Fernández de Kirchner, ha sido sin duda el hecho político más resonante de las últimas semanas. Y también, probablemente, uno de los más incómodos para debatir con seriedad, en un país donde la figura de Cristina genera pasiones tan intensas como irreconciliables.
La Causa Vialidad se remonta a 2008, con una denuncia impulsada por Elisa Carrió que en su momento fue desestimada. Retomada en 2016 durante la gestión de Mauricio Macri, y tras una auditoría centrada exclusivamente en la provincia de Santa Cruz, se dio lugar a la investigación que culminaría en el fallo conocido esta semana.
El foco está puesto en el presunto direccionamiento de la obra pública hacia empresas vinculadas a Lázaro Báez. Sin embargo, como mencioné en la columna de radio, no existe prueba directa que vincule a la expresidenta con una instrucción concreta para beneficiar a este empresario. No hay correos, mensajes, testimonios incriminatorios ni órdenes documentadas.
A esto se suma un detalle no menor: fueron absueltos en la misma causa el exministro de Planificación Julio De Vido, el exsubsecretario de Obras Públicas, y los responsables de Vialidad Nacional. Entonces, ¿cómo se explica una condena que apunta a Cristina, sin probar el delito ni responsabilizar a quienes deberían haber ejecutado esa supuesta orden?
Es fundamental revisar la imparcialidad del Poder Judicial. ¿Puede considerarse imparcial un tribunal donde el fiscal y los jueces aparecen en fotos jugando al fútbol en la quinta de Macri? ¿O que visitaron reiteradamente la residencia presidencial mientras se instruía la causa?
Lo más alarmante no es sólo el fallo, sino el contexto: la Corte Suprema resolvió en tiempo récord, apenas una semana después de que Cristina anunciara su precandidatura en Buenos Aires. Y lo hizo en un proceso que, en otros casos, suele demorar años.
Además, cabe recordar que dos miembros de esta Corte —Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz— fueron propuestos por decreto por Mauricio Macri, un procedimiento absolutamente inconstitucional que debió ser corregido tras la presión institucional.
La condena a Cristina incluye inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, lo que reaviva el debate sobre la prohibición indirecta o judicializada de la participación política de determinados sectores.
No se trata aquí de impunidad ni de negar la importancia de la justicia. Se trata de que una democracia saludable exige instituciones creíbles, con reglas claras y jueces independientes. Porque sin garantías mínimas de imparcialidad, la justicia deja de ser justicia para convertirse en un instrumento de poder.
🗣️ Luis Gatti
Licenciado en Ciencias Políticas
Columna presentada por Consultora Virtu