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Derecho de familia en 2026: cuota alimentaria, tecnología y padres incumplidores

El derecho de familia atraviesa una transformación constante. Lo afirmó el abogado Marcelo Torres, del histórico Estudio Jurídico Torres de Córdoba, en diálogo con este medio. “La ley va detrás de los cambios sociales, y hoy la tecnología e inteligencia artificial nos desbordan”, señaló.

📌 Alimentos: hasta los 25 años si estudian

Uno de los puntos centrales que abordó Torres es la obligación alimentaria. Según el Código Civil y Comercial vigente desde 2015, los padres deben proveer alimentos a sus hijos hasta los 18 años. Sin embargo, si el hijo es mayor de edad y estudia, el derecho se extiende hasta los 21 años, y si acredita fehacientemente su condición de estudiante, hasta los 25 años. El abogado aclaró que el 50% de aporte no siempre es dinero: el cuidado personal del hijo (generalmente a cargo de la madre) constituye el otro 50% no dinerario.

⚠️ Inteligencia artificial y vulneración de la intimidad

Torres advirtió sobre los riesgos actuales: “Hoy te hackean el celular al transferir datos, o usan inteligencia artificial para colocarte en contextos falsos. Una vez que circula en redes, es casi imposible volver atrás”. Además, remarcó que la justicia penal no está preparada para la velocidad de los ciberdelitos, especialmente cuando las plataformas tienen sede en el extranjero.

👨‍⚖️ El interés superior del niño: cambios clave

El letrado explicó que hoy rige la Convención de los Derechos del Niño con jerarquía constitucional. Por eso, en cualquier conflicto familiar, el eje ya no son los padres, sino el menor. Un juez debe oír al niño desde los 10 años, asistido por equipos interdisciplinarios (psicólogos, asistentes sociales).

💸 Padres incumplidores: sanciones duras

“Muchas mamás nos escriben: me fijaron una cuota pero no pagan”, dijo Torres. Existen tres vías:

  • Vía civil: ejecución forzada de la sentencia.
  • Vía penal: el impago de alimentos es delito.
  • Medidas accesorias: prohibición de salir del país, retención de licencia de conducir, prohibición de ingresar a estadios de fútbol e inscripción en el registro de deudores morosos.
Todas estas medidas deben solicitarse con patrocinio letrado.

📍 ¿Dónde encontrar al Dr. Marcelo Torres?

Estudio Jurídico Torres – Sarmiento 99, Córdoba (esquina Alvear). Teléfono: 303385-426-341. Instagram: @_torresmarcelo / @estudio_juridico_torres.

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