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El Gobierno modifica el presupuesto nacional 2025 por decreto.

El Gobierno Nacional ha dispuesto una nueva modificación del presupuesto a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 425/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial. Esta medida busca reasignar recursos para fortalecer el pago de salarios, subsidios, equipamiento y el funcionamiento de diversas áreas del Estado, en el marco de la emergencia pública declarada hasta diciembre de 2025.

La adecuación presupuestaria se fundamenta en la necesidad de asegurar una distribución razonable de los recursos para cumplir con las obligaciones y garantizar la prestación de servicios esenciales, según lo expresado por el Ejecutivo. Se advierte que la falta de una adecuación inmediata podría poner en riesgo la continuidad de ciertas prestaciones vitales.

Detalle de la asignación de fondos:

La modificación presupuestaria contempla, entre otras cuestiones, el refuerzo de créditos para:

  • Gastos en personal: Atendiendo necesidades salariales vigentes.
  • Gastos de funcionamiento y equipamiento: Para el cumplimiento del cometido de las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.
  • Subsidios, becas y compensaciones: Fortaleciendo diversos programas de asistencia.

Áreas con incremento presupuestario:

  • Ministerio de Economía: Refuerzo para subsidios de tarifas de energía eléctrica y Compensación Tarifaria Zona Fría. Adecuación de presupuesto para Infraestructura Económica y Social en atención a proyectos de inversión y gastos de funcionamiento. Partida de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación también reforzada.
  • Ministerio de Salud: Aumento para afrontar gastos salariales en Hospitales como Garrahan, El Cruce, El Calafate, Cuenca Alta, René Favaloro, Presidente Néstor Kirchner y Esteban Echeverría. Refuerzo para equipamiento, medicamentos e insumos médicos y farmacéuticos en varios programas, así como más fondos para la Agencia Nacional de Discapacidad.
  • Secretaría de Educación: Incremento para atender erogaciones relacionadas con la política salarial de docentes y no docentes de las Universidades Nacionales.
  • ANSES: Aumento para el pago de prestaciones previsionales, incorporación del efecto de la Ley de Movilidad Previsional, financiación de programas y pago de subas en montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo.
  • Jefatura de Gabinete de Ministros: Modificación presupuestaria para cumplir con compromisos de asistencia provincial, financiado con mayores ingresos percibidos por la Vicejefatura de Gabinete.
  • Ministerio de Seguridad: Disminución de cargos y créditos de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes tras la transferencia de la Dirección Nacional de Manejo del Fuego, contemplados ahora en el presupuesto de Seguridad. Incremento para la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y para el haber mensual del personal de las Fuerzas de Seguridad, junto con aportes y contribuciones. Refuerzo presupuestario para optimizar la capacidad operativa de la Policía Federal Argentina en el combate contra el crimen organizado.
  • Ministerio de Defensa: Más fondos por el incremento del haber mensual del Personal Militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales, recomponiendo directamente los haberes de jubilados, retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas, reforzando el presupuesto del Instituto de Ayuda Financiera.

Inversión de excedentes y régimen de información:

El DNU también establece que los organismos del Sector Público Nacional deberán invertir sus excedentes transitorios de liquidez (no incorporados a la Cuenta Única del Tesoro) en licitaciones de Títulos Públicos y/o Letras del Tesoro que realiza periódicamente el Tesoro Nacional. Esta disposición no aplica a bancos públicos, Poder Legislativo, Poder Judicial ni al Ministerio Público.

Asimismo, se implementa un régimen de información mensual sobre el flujo de fondos ejecutado y proyectado, así como el estado de las inversiones y disponibilidades que las entidades deben suministrar a la Secretaría de Hacienda. Esta medida busca mantener un estado de situación actualizado de la liquidez de los organismos, excluyendo aquellos con disponibilidades en la Cuenta Única del Tesoro.

Prórroga de pensiones graciables:

Finalmente, el DNU prorrogó por 10 años, a partir de sus respectivos vencimientos, las pensiones otorgadas por la Ley Nº 13.337 y sus modificaciones, así como las pensiones graciables prorrogadas por la Ley Nº 27.008 y leyes anuales de Presupuesto General de la Administración Nacional. Se fijaron condiciones para su continuidad, incluyendo no ser titular de un inmueble con valuación fiscal superior a $7 millones, no tener vínculo con el legislador solicitante y no superar en forma individual o acumulativa la suma equivalente a un haber mínimo garantizado.

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